Toda la documentación de su barco, en orden
Comprar, vender, matricular o dedicar un barco al chárter implica trámites ante Capitanía Marítima, la Agencia Tributaria, la comunidad autónoma y otros organismos. Un error o un retraso puede dejar la embarcación amarrada.
En Global Nautica llevamos desde 1999 gestionando expedientes de embarcaciones de recreo en España y en otros registros. Conocemos los plazos, los documentos que pide cada administración y las alternativas cuando algo se complica.
Servicios de consultoría náutica
Registro y abanderamiento
- Matriculación de embarcaciones en España, en países de la UE y en otras banderas extracomunitarias
- Cambios de lista, de nombre y de puerto base
- Puesta al día de la documentación de la embarcación
Compraventa y cambios de titularidad
- Asesoramiento en la compraventa de embarcaciones
- Cambio de propiedad e inscripción a nombre del nuevo titular
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) e Impuesto de Matriculación (IEDMT)
Certificados y licencias
- Certificado de Navegabilidad y Permiso de Navegación
- Gestión de la Inspección Técnica de Buques (ITB)
- Licencia de Estación de Barco (LEB) y obtención del número MMSI
- Licencias de pesca recreativa para la embarcación
- Renovación de titulaciones náuticas
- Registro de operadores de embarcaciones de alta velocidad ante la Agencia Tributaria
Chárter y actividad comercial
- Estructuras para chárter y matriculación en Lista 6ª
- Autorizaciones de chárter en España para embarcaciones extranjeras
- Licencias de actividades comerciales y turísticas en Puertos de Andalucía
- Gestión de tripulaciones: enrole, desenrole y tripulación mínima
Lista 6ª o Lista 7ª: uso privado o chárter
En España, las embarcaciones de recreo se inscriben en la Lista 7ª cuando su uso es privado y sin ánimo de lucro, y en la Lista 6ª cuando se dedican a una actividad comercial como el chárter. La lista determina obligaciones distintas en cuanto a seguridad, tripulación e impuestos. Le asesoramos para elegir la estructura que mejor encaje con el uso que va a dar a su barco.
Banderas extranjeras y propietarios no residentes
Trabajamos a diario con propietarios de otros países. La bandera española no está reservada a españoles, y también gestionamos registros en otras banderas comunitarias y extracomunitarias. Si su barco va a operar en chárter en España con bandera extranjera, tramitamos las autorizaciones necesarias conforme a la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para cambiar la titularidad de un barco?
Normalmente, el contrato de compraventa, la documentación de la embarcación, la identificación de comprador y vendedor y la liquidación del impuesto correspondiente (en general, el ITP en la comunidad autónoma del comprador). Después se presenta el expediente en Capitanía Marítima. Nosotros lo preparamos y lo presentamos por usted.
¿Puedo matricular un barco en España si no soy residente?
Sí. Las personas de cualquier nacionalidad pueden abanderar en España, aunque es necesario disponer de un representante y un domicilio a efectos de notificaciones en España. Podemos ayudarle con ambos.
¿Cuánto tarda un trámite?
Depende del trámite y de la administración. Un cambio de titularidad sencillo puede resolverse en pocas semanas; un abanderamiento desde otra bandera requiere más pasos. Le daremos una estimación realista al estudiar su caso.
¿Tengo que desplazarme a la oficina?
No es necesario. Gran parte de la documentación puede tramitarse a distancia. Aun así, estaremos encantados de recibirle en nuestra oficina de Estepona.
¿En qué puertos trabajan?
Desde nuestra oficina de Estepona trabajamos con barcos amarrados en cualquier puerto de la Costa del Sol: Sotogrande, La Duquesa (Manilva), Estepona, Puerto Banús, Marbella, La Bajadilla, Cabopino, Fuengirola, Benalmádena, Málaga y Caleta de Vélez. Para barcos en otros puertos de España, tramitamos a distancia.
